EL COMUNICADO:
En el día de hoy, martes 17 de marzo, el Intendente Municipal Sr. Gustavo Barrera dió a conocer en conferencia de prensa las nuevas medidas tomadas en relación con la pandemia de público conocimiento -Coronavirus- y en sintonía con lo dispuesto por el Gobierno Nacional.
La Unión del Comercio y la Industria no es ajena a esta información, y por lo tanto queremos acercarte las disposiciones tomadas por el Departamento Ejecutivo que atañen al sector, expresadas en el Decreto 991/20, y que tendrán vigencia desde hoy, martes 17 hasta el martes 31/03/2019.
1- Se dispone el cierre de todo aquel local comercial que genere aglomeración de personas, a saber:
- – restaurantes, rotiserías;
- – bares, boites;
- – balnearios;
- – hoteles, apart hoteles; (en este caso puntual, se establece la prohibición del ingreso de nuevos huéspedes, inclusive aquellos que ya dispongan de una reserva para estas fechas, y la restricción del uso de piscinas -tanto cubiertas como descubiertas-)
- – cine, confiterías, cafés, cafeterías;
- – cervecerías, pizzerías, hamburgueserías, heladerías;
- – servicio de comida o café en estaciones de servicios;
- – cualquier otro comercio con mesas al público;
- – teatros;
- – salas de juegos electrónicos, salas de video juegos, salas de juegos;
- – confiterías bailables, locales bailables, boliches, pub;
- – salones de fiesta, salones de usos múltiples, salones de fiestas infantiles, peloteros;
- – natatorios, gimnasios, centros de entrenamiento, complejos recreativos, clubes;
- – lugares donde se se realizan actividades deportivas;
- – lugares que por razones sociales o religiosas convoquen la reunión de personas;
- – y cualquier otro lugar similar a los descriptos.
Ello así, puesto que se busca prevenir cualquier foco de contagio del virus que pueda afectar y perjudicar la situación social actual, como así también la salud de aquellos que se encuentran incluidos en las categorías de riesgo.
2- Por el mismo lapso de vigencia, los restaurantes, rotiserías, pizzerías, heladerías, cantinas, cervecerías, bares, balnearios, similares y afines están autorizados a disponer únicamente el servicio de venta al público en mostrador o delivery (envíos a domicilio) sin colocar mesas y sin necesidad de anexar el rubro a la habilitación municipal, siempre y cuando se extremen las medidas de bioseguridad; para ello, la UCI sugiere:
- – mantener al alcance del público y del personal alcohol en gel o similares/derivados para la higiene y desinfección de los mismos;
- – que aquellos comercios que sean estrictamente de atención al público (fábrica de pastas, locales de ropa, ferreterías, etc.) limiten el ingreso a una o dos personas a la vez, y organicen filas de espera en el exterior del local con una distancia mínima de dos metros por persona en el caso en que se produzca una acumulación de gente.
- – para los supermercados, e incluyendo las sugerencias anteriores, reforzar el servicio de cajas para agilizar la salida de los clientes; higienizar cada una hora las barandas, manijas de carros y todo elemento de contacto con el público, proveer a su personal de guantes de látex y barbijos,y, de acuerdo con el decreto, establecer un horario especial y exclusivo para la atención de la población considerada dentro de los grupos de riesgo.
Seamos conscientes de la importancia que tienen estas medidas, a bien de cuidar al otro y cuidarnos a nosotros mismos. Son tiempos en los que la sociedad debe mantenerse unida y solidarizarse para combatir la pandemia que hoy nos perjudica.
La UCI estará alerta a toda nueva actualización de la información y será divulgada por los medios habituales.